Deducciones en el IRPF por la instalación de placas solares u otras energías renovables en viviendas

El pasado 6 de octubre entraron en vigor las medidas urgentes aprobadas por el Gobierno para impulsar la actividad de rehabilitación en la edificación (Real Decreto-ley 19/2021); entre ellas, se encuentra la deducción del IRPF por la instalación de placas solares u otras energías renovables en viviendas.

Tipos de deducciones de IRPF por la instalación de placas solares

El Real Decreto-ley 19/2021 establece tres tipos de deducción de IRPF, para la realización de obras de mejora energética, entre las que se encuentran la instalación de placas solares.

Deducciones del 20% de lo invertido

Si realizas obras de mejora de la eficiencia energética en tu vivienda habitual o en una que tengas arrendada como tal, podrás acceder a una deducción de hasta un 20% del IRPF. En el caso de que sea para una vivienda destinada al alquiler, esta deberá alquilarse antes del 31 de diciembre de 2023.

Para acceder a esta deducción, debes ejecutar las obras entre el 6 de octubre (día en que entraron en vigor estas medidas) y el 31 de diciembre de 2022.

Lo máximo que podrás deducir son 5.000 euros anuales. Pero para ello debes demostrar que con las obras has conseguido reducir al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. La demostración vendrá a través de los indicadores correspondientes del certificado de eficiencia energética de la vivienda, que deberá expedir un técnico competente una vez terminadas las obras.

La deducción se aplicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.

No hay que olvidar que la combinación de la tecnología solar con la aerotermia puede ser la mejor solución para suministrar electricidad, calefacción y refrigeración para tu vivienda.

Sistema de aerotermia

Deducciones del 40% de lo invertido

Si realizas mejoras energéticas en tu vivienda o en una que quieras alquilar, puedes aumentar la deducción del IRPF hasta el 40%. Para ello, la certificación energética correspondiente debe demostrar que has conseguido reducir al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable. Se puede acceder también a esta deducción si con las obras se ha conseguido mejorar la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación.

Los plazos de realización de las obras son los mismos que en la modalidad anterior, hasta el 31 de diciembre de 2022. En caso de ser una vivienda destinada al alquiler, debes alquilarla antes del 31 de diciembre de 2023. Y la base máxima sobre la que se aplica la deducción en esta modalidad asciende a 7.500 euros anuales.

La deducción, al igual que en el caso anterior, se aplicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética posterior a las obras.

Instalación de autoconsumo residencial

Deducciones del 60% de lo invertido

Si se trata de realizar obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial, la deducción aplicable podría llegar al 60% de lo que inviertas. Para ello, deberás acreditar, a través del certificado de eficiencia energética, una reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo; otra posibilidad es conseguir la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación.

La base máxima deducible en esta modalidad asciende a 15.000 euros anuales. No obstante, podrás deducir la inversión en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exceder de 15.000 euros.

El plazo de realización de las obras en este caso se amplía respecto a los anteriores casos, hasta el 31 de diciembre de 2023. La deducción se practicará en los períodos impositivos 2021, 2022 y 2023, en relación con las cantidades que hayas pagado en cada uno de ellos.

Consulta en la tabla las posibilidades de deducción de IRPF:

DEDUCCION IRPF
REQUISITO DE EFICIENCIA
PLAZOS
REQUISITOS GENERALES
20% de lo invertido. Máximo 5000 €
Reducción 7% en calefacción o refrigeración
31 Diciembre 2022
Vivienda habitual o que se alquile antes del 31-12-2023.
40 % de lo invertido. Máximo 7500 €
Reducción 30 % consumo de energía o alcanzar letras A o B en caso de calefacción o refrigeración.
31 Diciembre 2022
Vivienda habitual o que se alquile antes del 31-12-2023
60% de lo invertido. Máximo 15000 €
Reducción 30 % consumo de energía edificios
2021,2022, y 2023
Vivienda habitual Conjunto del edificio residencial

¿Qué gastos se pueden deducir?

El RD considera que los gastos deducibles son aquellos necesarios para realizar las obras, incluyendo:

  • Honorarios profesionales.
  • Costes de redacción de proyectos técnicos.
  • Dirección de obras.
  • Coste de ejecución de obras o instalaciones.
  • Inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo.
  • Emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética.

A su vez, el RD recoge una serie de consideraciones sobre cuestiones que no serán subvencionables:

  • No se aplicarán deducciones cuando la obra se realice en las partes de las viviendas afectas a una actividad económica; o a plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.
  • No se incluirán costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil.

¿Cuándo se aplicarán las deducciones en el IRPF por instalar placas solares?

La fecha de emisión del Certificado de Eficiencia Energética después de la instalación se toma de referencia para saber en qué periodo impositivo se practica la deducción.

En los casos en los que el certificado energético se expida en el año posterior al que pagaste las obras, la deducción se practicará en el que se haya expedido el certificado, pero teniendo en cuenta las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del RD hasta el 31 de diciembre de ese año. De una u otra forma, el certificado energético debe ser expedido antes de 1 de enero de 2023. Esto se aplica a las deducciones del 20 y del 40%.

En las deducciones del 60%, la deducción se aplicará en los períodos impositivos 2021, 2022 y 2023, tomando como referencia las cantidades satisfechas en cada uno de ellos; pero siempre que se hubiera expedido el certificado energético antes de que acabe el período impositivo en el que se vaya a practicar la deducción.

Al igual que en las deducciones anteriores, si el certificado energético se expide en un periodo impositivo posterior al que pagaste las obras, la deducción se realizará en este último, tomando en cuenta las cantidades abonadas desde la entrada en vigor de las medidas, hasta el 31 de diciembre de ese periodo impositivo. Igualmente, tienes de plazo máximo para expedir el certificado hasta el 31 de diciembre de 2023.

La bonificación en el IRPF es compatible con otras subvenciones a las que puedas acogerte. No obstante, debes tener en cuenta que deberás descontarlas del total de la inversión susceptible de bonificación en el IRPF. 


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